Los coches eléctricos están ganando cada vez más presencia en el sector automovilístico español. Esto se suma a la llegada de la nueva normativa recogida en el Real Decreto Ley del 29/2021, donde se establece que los aparcamientos no residenciales tendrán que contar con al menos un punto de recarga por cada 40 plazas. En este post hablaremos de los diferentes puntos de la normativa de recarga de vehículos eléctricos, además de destacar nuestros servicios en relación con los puntos de carga de vehículos eléctricos.
¿En qué consiste la normativa de recarga de vehículos eléctricos?
Antes de conocer en qué consiste la normativa de vehículos eléctricos que entró en vigor el pasado 1 de enero, debemos irnos a los antecedentes. A finales del 2021 desde el Gobierno se aprobó el Real Decreto 29/2021, donde se establecía la obligatoriedad de la instalación de puntos de carga de V.E.
Con esta nueva normativa lo que se pretende desde el gobierno es que pasada la mitad de 2023 la red de puntos de carga de V.E. se haya extendido hasta los 100.000 enchufes. Esto busca el objetivo de que estos puntos no solo estén presentes en gasolineras o estaciones de servicio, sino en demás localizaciones y diferentes edificios públicos.
Estas son las principales medidas que se impulsan en esta normativa de recarga de vehículos eléctricos:
- Aquellos edificios no residenciales privados que tengan más de 20 plazas de aparcamiento deberán contar al menos con un punto de recarga de VE por cada 40 plazas. Aquí entrarían centros de trabajo, oficinas, fábricas, hospitales, lugares de ocio, centros educativos, entre otros.
- Los edificios que pertenezcan a la Administración General del Estado están también obligados a instalar un punto de recarga para V.E. por cada 20 plazas. También se deberá instalar una fracción de dichos puntos cuando estos aparcamientos cuenten con hasta 500 plazas.
¿Está mi empresa obligada a instalar los puntos de recarga para V.E.?
Como hemos dicho en el anterior punto, si te estás preguntado si tu compañía está obligada a instalar puntos de recarga para V.E., la respuesta es sencilla. Todos los edificios que tengan un uso que no sea residencial privado y cuenten con más de 20 plazas de aparcamiento deberán contar con un punto de carga de vehículos por cada 40 plazas.
Por ello, también se establece que deberá contar con una fracción de dichos puntos de carga. Esto quiere decir que si se cuenta con 87 plazas de aparcamiento, la empresa deberá contar con tres puntos de recarga para V.E. Además, por cada 100 plazas se deberá añadir una plaza adicional.
Esto hace que muchos negocios se vean obligados a respetar la normativa de recarga para vehículos eléctricos. Desde edificios de oficinas, supermercados, hospitales, instalaciones deportivas, entre otros. Eso sí, siempre que se tengan más de 20 plazas de aparcamiento. En el caso de que, por ejemplo, solo cuentes con 10 plazas, esta normativa no te afectará.
Asimismo, con el objetivo de facilitar estas actuaciones, desde el gobierno se ha sustituido la licencia previa a las obras de carácter medioambiental, así como de clase similar, por declaraciones responsables. Con esta se podrá hacer la instalación e iniciar el servicio de recarga desde el primer día de su presentación.
En lo que se refiere a los tiempos y plazos para el cumplimiento de la normativa de recarga de vehículos eléctricos, las empresas que estén obligadas debían contar con dicha instalación desde el 1 de enero de 2023. Esto quiere decir que, desde su aprobación en diciembre de 2022, todas las compañías han contado con un año para la consecución de la normativa.
¿Qué tipos de aparcamientos deberán instalar puntos de recarga?
Es cierto que hemos remarcado que todas las compañías que cuenten con 20 o más plazas de aparcamiento deberán contar con al menos un punto de recarga por cada 40 de estas plazas. En este sentido, los edificios de carácter público o que pertenezcan a la Administración General del Estado, también estarán obligadas a instalar un punto de recarga por cada 20 plazas.
Este tipo de edificios también estarán obligados a añadir un punto más por cada 100 plazas. Cabe mencionar que existen una serie de espacios que quedarían fuera de dicha obligatoriedad, como los protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o porque cuente con un valor arquitectónico o histórico.
Eso será así, siempre que se pueda demostrar que el cumplimiento de la normativa de recarga de vehículos eléctricos pudiera alterar de manera inaceptable el aspecto o carácter del edificio. Igualmente, muchos de estos edificios son propiedad de la Administración General del Estado, por lo que serían las excepciones dentro del Real Decreto.
Las gasolineras, también obligadas por la nueva normativa
Dentro de dicha normativa se establece que las gasolineras también se verán afectadas. Aquellas estaciones que cuenten con un volumen de ventas de gasolina y gasóleo A en 2019 que fuese superior o igual a 10 millones de litros, deberán contar con al menos un punto de recarga para V.E. con una potencia igual o superior a 150 kW en corriente continua.
Además, se establece que este deberá prestar servicio en un plazo de catorce meses, a partir de febrero de 2023. En el caso de aquellas estaciones que tuvieron unas ventas superiores o igual a 5 millones de litros, pero menor de 10 millones en 2019, igualmente tendrán que contar con un punto de carga. La potencia deberá ser igual o superior a los 50 kW en corriente continua, con la obligatoriedad de comenzar a prestar servicio en agosto de 2023.
En el caso de que en alguna provincia o ciudad autónoma no exista una estación de servicio que supere la venta de 5 millones de litros anuales, las estaciones que conjunta o individualmente alcancen al menos el 10% de las ventas anuales totales en 2019, tendrán que instalar un punto de recarga. La potencia de este deberá ser de 50 kW en corriente continua.
Conoce las ventajas fiscales para empresas por la instalación de puntos de recarga para V.E.
Con la entrada en vigor de esta normativa, muchas compañías se han visto obligadas a contar con puntos de recarga para V.E. Para lograr una buena transición y facilitar esta labor a muchos negocios, desde el gobierno se han impulsado diferentes ayudas para poder llevar a cabo dicha transición. Una de estas es el Plan MOVES III.
Dentro de este plan se establece que la instalación de puntos de carga de coches eléctricos podría contar con una ayuda de hasta el 80% del coste subvencionable, para particulares, autónomos y administraciones sin actividad económica. En el caso de las compañías y entidades públicas con actividad económica, la ayuda podría ascender al 60% del coste subvencionado.
Un ejemplo del funcionamiento de este tipo de ayudas sería que una empresa se gastara unos 1.500 euros en la instalación de un punto de recarga. Este negocio podría beneficiarse de una subvención de hasta 900 euros, por lo que el coste final sería solamente de 600 euros.
Asimismo, también existen otros beneficios fiscales de los que se pueden beneficiar las empresas para la implantación de la normativa de puntos de recarga de vehículos eléctricos. Estos son:
Impuesto sobre bienes inmuebles
Dentro de dicha normativa se ha establecido que las empresas que instalen dichas infraestructuras podrán contar con hasta un 50% de bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
Impuesto sobre actividades económicas
En este sentido, la normativa también establece una serie de bonificaciones en el impuesto sobre las actividades económicas. En el texto legal aprobado por el Gobierno se establece que las compañías podrán beneficiarse de hasta el 50% de deducción de la cuota.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
En lo que se refiere al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, también queda establecido dentro de esta normativa que las empresas podrán beneficiarse de hasta un 90% a favor de la instalación de puntos de recarga. Con esto, la administración busca una mayor facilidad para los negocios a la hora de adaptarse a este tipo de legislación.
Pon en manos de profesionales la instalación de tus puntos de recarga para V.E.
Muchas compañías han tenido que llevar a cabo o comenzar a planear la instalación de puntos de recarga para V.E. De esta forma, el Gobierno prevé que a finales de este año se haya alcanzado la cifra de 100.000 puntos de recarga en todo el país. Si aún no cuentas con un punto de recarga, nosotros podemos ayudarte durante todo el proceso de diseño e instalación.
Somos una de las empresas líder en España en la consecución de proyectos de puntos de carga de V.E. Nuestro aval son los más de 32 años de experiencia que tenemos dentro del sector, ofreciendo las mejores soluciones tecnológicas para ayudar a muchos negocios a avanzar hacia el futuro.
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